domingo, 26 de abril de 2009

DOA y RMA

Supongo que muchos lectores sabréis que significan esas dos “palabras”

La mayoría cuando las mencionamos no es precisamente por un buen motivo, pero para los que no lo tengan claro, y teniendo en cuenta que me parece que las voy a mencionar mas de la cuenta aun, he pensado en dar primero una pequeña explicación de ambas, empecemos!


DOA :

Proviene del inglés “Dead On Arrival” , algo así como muerto al llegar.

En nuestro ámbito tenderil, se suele referir a casi cualquier tipo de producto que siendo nuevo, falla o directamente está defectuoso nada mas llegarnos a la tienda.
Vamos, que la tienda compra al proveedor un producto y nos llega defectuoso.

También suele existir un periodo de DOA, por el cual se le aplica el mismo grado de avería al producto, si el fallo se detecta o aparece dentro de un breve periodo de tiempo, que suele ser como máximo 1 mes desde la compra al proveedor o la venta al cliente final, según cada caso.
Quiere decir esto, que si dentro de ese periodo se averiase el producto, se le presupone que vino defectuoso de origen.

También encontraremos casos en los cuales un producto no tiene DOA, y carece totalmente de un periodo como tal y lo debemos tratar directamente como RMA.

Por lo general el DOA, debería dar mas “celeridad” y un mejor servicio al procedimiento de garantía, pero ya veremos que no siempre será así, incluso hay casos es los que es peor incluso.

El procedimiento de un DOA, puede tener múltiples variantes en función del proveedor, del fabricante y del producto fundamentalmente.
Se suele solicitar (a quien corresponda) el DOA, se nos autoriza y se devuelve el producto el cual será sustituido por uno nuevo totalmente o nos será abonado.
El tiempo de ejecución de dicho DOA por lo general debería ser breve o por lo menos mas rápido que la modalidad RMA.


RMA :

Del ingles “Return Merchandise Authorization” , algo así como Autorización de Retorno de Mercancía.

Vamos, que es la autorización para poder devolver un producto, por lo general por estar defectuoso.
Lo que normalmente se suele llamar, como “tramitar la garantía”, (aunque no es una afirmación correcta, ya veremos porque)

El período para tramitar el RMA puede empezar desde el mismo momento de compra/venta del producto hasta que nosotros queramos. Quiere decir esto que el RMA es un procedimiento para “reparar” un producto, pero dicho producto no tiene que estar necesariamente en garantía.
Lo que pasa, que supongo que por deformación profesional, como casi siempre que hacemos un RMA ,es porque el producto está en garantía, hemos asociado el hecho de

RMA = Está en garantía.


Yo por lo menos en este blog lo reflejaré así (y cuando sea lo contrario lo mencionare adecuadamente)

El RMA viene a ser el procedimiento normal, con esto queremos decir que ya habiendo pasado un periodo de prueba inicial, (el periodo de DOA), el producto puede fallar por un defecto en origen también , pero ya se le presupone un cierto tiempo de utilización, por lo que el fallo ya pudiera ser debido también por el uso o influencias externas.

”Procedimiento normal” también quiere decir que suele tardar mas que en el modo DOA, siempre y cuando lo tenga claro.

Vamos, compramos un producto , y a los 6 meses, por ejemplo, empieza a fallar o no funcionar como debiera…pues para hacer uso de la garantía, en el mayoría de los casos debemos hacer uso del procedimiento de RMA.

Pero para eso está la garantía, para que durante un tiempo prudente se garantice una duración mínima del producto , en condiciones de uso y cuidado normales (a algunos usuarios habría que darles clases de lo que significa eso pero no es el caso ahora..)

El procedimiento de un RMA, también puede tener muchas variantes en función del proveedor, del fabricante y del producto.
Se suele solicitar (a quien corresponda) el RMA, se nos autoriza y se devuelve el producto el cual será reparado la mayoría de las veces, en un tiempo que procuran ser lo más rápido posible, pero como ya iréis viendo hay veces que de la teoría a la realidad hay muchas diferencias.
El tiempo de ejecución de dicho RMA por lo general es desde 1 semana hasta…



En cualquiera de los dos , tanto en el DOA como en el RMA, el que nos tiene que autorizar es el fabricante o proveedor según cada caso.

Espero que para los neófitos de este mundillo esté algo mas claro la definición de ambos términos.

4 comentarios:

  1. Son 2 palabras muy utilizadas en el sector ya que van asociadas a la palabra garantía y que muchos todavía no se enterán de que va. A ver si se aplican el parche más de uno y te leen esta entrada.

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  2. Pues agárrate los tobillos, porque he puesto esta entrada porque en breve sacaré una nueva "sección"

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    1. Muchas Gracias Bro. En este tiempo me fué de gran ayuda tu exposición

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  3. Hola! Tengo dudas sobre los derechos y obligaciones del cliente al solicitar un DOA... Cuál es la legislación y donde consultarla?... Cómo cliente que adquiere un artículo fuera de su ciudad/país, debo ser yo quien haga el envío o el fabricante es quien me lo recoge?... Me ha encantado lo bien que has explicado los conceptos. Un blog TOP. Muchísimas gracias por tu valiosa aportación! :-)

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